»No ofrecerás al Señor tu Dios, en sacrificio, ningún buey o cordero que tenga algún defecto o alguna cosa mala, pues eso le repugna al Señor tu Dios.
»Cuando en alguna de las ciudades que el Señor tu Dios te da se halle algún hombre, o alguna mujer, que haya hecho lo malo a los ojos del Señor tu Dios y que haya faltado a su pacto
sacarás de la ciudad al hombre o a la mujer que haya cometido esta maldad, y los apedrearás, y asà morirán.
»Quien sea condenado a muerte sólo podrá morir por el testimonio de dos o de tres testigos. Nadie podrá morir por el testimonio de un solo testigo.
»Cuando en tus ciudades se te presente un caso difÃcil de juzgar, ya sea entre dos distintas clases de homicidio, o dos distintas clases de derecho legal, o dos distintas clases de heridas, o distintos negocios o litigios, te levantarás e irás al lugar que el Señor tu Dios haya escogido,
y recurrirás a los sacerdotes levitas y al juez que haya en aquellos dÃas, y los consultarás y ellos te harán saber la justa sentencia.
Entonces actuarás según la sentencia que te indiquen los del lugar que el Señor haya escogido, y pondrás cuidado en hacer todo según lo que te manifiesten.
Procederás en conformidad con las normas que te hagan saber, y según la sentencia que dicten, sin desviarte ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te hagan saber.
Si alguien procede con soberbia, y no obedece al sacerdote que está allà para ministrar delante del Señor tu Dios, o al juez, será condenado a muerte. Asà quitarás el mal de en medio de Israel.
Y todo el pueblo lo sabrá, y temerá, y no se envanecerá.
»Cuando entres en la tierra que el Señor tu Dios te da, y tomes posesión de ella y la habites, tal vez digas: “Quiero tener un rey, como lo tienen todas las naciones que me rodean.â€
Si es asÃ, nombrarás como tu rey a quien el Señor tu Dios escoja. Pero no pondrás como rey tuyo a ningún extranjero, sino que pondrás como rey tuyo a uno de tus compatriotas.
Ese rey no deberá aumentar el número de sus caballos, ni hará que ustedes como pueblo vuelvan a Egipto sólo para adquirir más caballos, porque el Señor les ha dicho que nunca más vuelvan por ese camino.
Para que su corazón no se desvÃe, tampoco deberá tomar para sà muchas mujeres, ni amontonará para sà oro y plata en abundancia.
Una vez que haya ocupado el trono de su reino, escribirá en un libro una copia de esta ley para sà mismo, semejante al original que está al cuidado de los sacerdotes levitas,
y la tendrá a la mano, y la leerá todos los dÃas de su vida, para que aprenda a temer al Señor su Dios, y para que cumpla todas las palabras de esta ley y de estos estatutos, y los ponga por obra.